Fiscalidad de OnlyFans en España

Casi todo lo que se publica en español sobre este tema arrastra el mismo problema: las cifras están copiadas de otra web que las copió de otra, y nadie ha vuelto al texto original. Aquí cada número se leyó el 2026-07-29 en el texto consolidado del BOE o en la sede de la Agencia Tributaria, y lleva su fuente al pie. Cuando algo no se ha podido confirmar, lo decimos en vez de rellenar el hueco con una cifra plausible.

Esta es la página general: alta, modelo 036, IRPF, modelo 130, IVA y DAC7. Si lo que buscas es cuánto te queda a final de mes, eso se calcula en el simulador de agencia frente a trabajar por tu cuenta.

Sophia Brecht — CEO & Founder at Bunny AgencyPor Sophia Brecht, CEO y fundadoraB.Sc. en Informática de Gestión, LMU de MúnichCifras de 2026 verificadas en el BOE y en la sede de la AEAT el 2026-07-29

Antes de seguir. Bunny Agency es una agencia de gestión de creadoras, no una gestoría ni un despacho de abogados. Esta página es información, no asesoramiento fiscal: no conoce tu comunidad autónoma, tu situación personal ni el resto de tus ingresos, y ninguno de esos tres factores es menor. Contrasta tu caso con un profesional colegiado antes de tomar cualquier decisión.

1. Darse de alta: no existe un mínimo de ingresos

Es la primera pregunta y la peor contestada de internet. La versión que circula por foros dice que se puede facturar por debajo del salario mínimo sin darse de alta. No es cierto, y la confusión tiene un origen identificable.

El artículo 305.1 de la Ley General de la Seguridad Social obliga al alta en el RETA a las personas mayores de dieciocho años que realicen «de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo». El criterio es la habitualidad. No hay una cifra en ese artículo, ni en ningún otro.

La «regla del salario mínimo» viene de sentencias antiguas —originalmente sobre venta ambulante— en las que los tribunales usaron el nivel de ingresos como indicio para valorar si una actividad concreta era habitual. Es doctrina judicial sobre un concepto, no una exención que puedas invocar en una inspección. Quien te diga «hasta el SMI no hace falta» te está resumiendo la sentencia de otro sector como si fuera una norma.

Y son dos trámites, no uno: el alta censal en la Agencia Tributaria (modelo 036) y el alta en el RETA en la Seguridad Social. Van por separado, ante organismos distintos. El paso a paso completo está en la guía de alta como autónoma.

2. El modelo 036 y los epígrafes del IAE

El modelo 037 ya no existe. Se suprimió, y desde entonces toda declaración censal se presenta con el modelo 036. Si una guía te manda a rellenar el 037, está desactualizada — y eso debería hacerte dudar del resto de lo que dice.

En ese modelo declaras tu epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas. Para la creación de contenido para adultos en línea, la Agencia Tributaria publicó en su base INFORMA una entrada titulada literalmente WEBCAMER que clasifica la emisión y creación de contenido audiovisual en directo mediante streaming y la producción de vídeos en el epígrafe 961.1, «Producción de películas cinematográficas (incluso vídeos)», y la producción y realización de fotografías en el 973.1, «Servicios fotográficos». Si haces las dos cosas, declaras los dos epígrafes.

Los dos son de la sección primera, es decir, actividad empresarial y no profesional. Guárdate ese detalle: reaparece más abajo y es la razón por la que no te puedes librar del modelo 130.

El IAE se declara, pero una persona física no lo paga. El artículo 82.1.c del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales exime del impuesto a «las personas físicas, sean o no residentes en territorio español». La exención te libra de pagar, no de declarar el epígrafe: son dos obligaciones distintas y sólo desaparece una.

3. El IRPF: estimación directa simplificada

Salvo que factures muchísimo, tributarás en estimación directa simplificada. Se aplica cuando el importe neto de la cifra de negocios del conjunto de tus actividades no superó los 600.000 € el año anterior, no estás en estimación objetiva y no has renunciado a ella.

El esquema es sencillo de enunciar: ingresos − gastos deducibles da tu rendimiento neto previo; sobre él se aplica un 5 % adicional en concepto de provisiones y gastos de difícil justificación, con un tope de 2.000 € al año; y lo que queda es tu rendimiento neto, que se integra en la base imponible general de tu declaración de la Renta junto con el resto de tus ingresos.

Dos avisos sobre ese 5 %. El primero: verás publicado un 7 %, que aplicó únicamente al ejercicio 2023 y ha decaído; para 2026 la cifra correcta es el 5 %. El segundo: se calcula sobre el rendimiento neto excluido ese propio concepto, no sobre tu facturación. Y no es dinero real —no sale de tu cuenta—, sólo reduce la base imponible. Confundirlo con un gasto de caja es lo que hace que las calculadoras caseras se equivoquen en unos 2.000 €.

Qué te puedes deducir

Tres condiciones para todo lo que aparece aquí abajo, sin excepción: vinculado a la actividad, justificado con factura y anotado en tus libros-registro. Un gasto que cumpla dos de las tres no es deducible.

Gastos deducibles de una creadora de contenido en estimación directa simplificada
ConceptoCómo funcionaBase normativa
Tu propia cuota de autónomos (RETA)Deducible íntegramente y sin límite. Si la regularización posterior de la Seguridad Social te hace pagar un complemento, ese importe es gasto deducible del año en que lo pagas.AEAT, Manual de Renta, cap. 7
La comisión de tu agenciaLa AEAT la nombra de forma expresa dentro de «Servicios exteriores → Servicios de profesionales independientes», junto a «las comisiones de agentes mediadores independientes». Necesitas factura y anotarla en tus libros-registro.AEAT, Manual de Renta, cap. 7
Equipo, atrezo, vestuario y softwareCámara, iluminación, ordenador, teléfono de trabajo, suscripciones de edición, almacenamiento en la nube, programador de publicaciones. Regla general: vinculado a la actividad, justificado con factura y registrado.LIRPF art. 28.1 + AEAT, Manual de Renta
Asesoría y servicios profesionalesLos honorarios de tu gestor o de tu abogado son gasto de la actividad. Es la partida que suele inclinar la balanza cuando alguien duda entre llevárselo por su cuenta o delegarlo.AEAT, Manual de Renta, cap. 7
Suministros de la vivienda, si trabajas en casaCuando la vivienda habitual está parcialmente afecta a la actividad se deduce el 30 % de los suministros sobre la proporción de metros afectos declarada en el modelo 036. No es el 30 % de la factura entera.LIRPF art. 30.2, regla 5ª
Seguro de saludPrimas propias deducibles hasta 500 € por persona y año (1.500 € en caso de discapacidad), extensible a cónyuge e hijos menores de veinticinco años que convivan contigo.LIRPF art. 30.2, regla 5ª
Gastos de difícil justificaciónSólo en estimación directa simplificada: un 5 % adicional sobre el rendimiento neto previo, con tope de 2.000 € al año. No es dinero que salga de tu bolsillo: reduce la base imponible, no tu caja.RIRPF art. 30, regla 2ª

La comisión de la agencia es deducible, y no en todas partes lo es. En Francia, el régimen que usan casi todas las creadoras aplica una reducción a tanto alzado que sustituye a cualquier deducción de gastos reales: allí la comisión pagada a una agencia no se puede restar, y se acaba tributando por dinero que nunca se quedó. En la estimación directa española sí se resta, íntegramente. Es una diferencia jurídica real, no un argumento de venta, y cambia por completo el cálculo de si te compensa delegar. Nuestra comisión está publicada precisamente para que tu gestor pueda hacer ese número.

Los tipos del IRPF: por qué esa tabla que has visto no es la tuya

Aquí hay que ser preciso, porque casi todo el sector publica lo mismo y lo publica mal. No existe una escala única del IRPF español. El artículo 63.1 de la Ley del IRPF fija sólo la mitad estatal; la mitad autonómica la aprueba cada comunidad autónoma por su cuenta.

La tabla de 19 % a 47 % que verás repetida como «los tipos del IRPF en España» es sencillamente la escala estatal duplicada, y sólo es exacta en una comunidad cuya escala replique la estatal. Madrid está por debajo; Cataluña y la Comunitat Valenciana, por encima. Si vives en cualquiera de las tres, esa tabla te dará un número equivocado.

Por eso la publicamos etiquetada como escala de referencia, nunca como tu tipo. El tuyo depende de tu comunidad autónoma, y esa parte la tiene tu gestor o la consultas en la normativa autonómica vigente.

Escala estatal del IRPF y escala de referencia obtenida al duplicarla
Base liquidable anualTipo estatal (LIRPF art. 63.1)Escala de referencia (estatal duplicada)
De 0 € a 12.450 €9,5 %19 %
De 12.450 € a 20.200 €12 %24 %
De 20.200 € a 35.200 €15 %30 %
De 35.200 € a 60.000 €18,5 %37 %
De 60.000 € a 300.000 €22,5 %45 %
Más de 300.000 €24,5 %47 %

La columna de la derecha es orientativa y sólo coincide con la realidad en una comunidad autónoma que replique la escala estatal. No la uses para presupuestar tu año sin comprobar antes la escala de la tuya.

4. Modelo 130: el 20 % trimestral del que no te libras

Cada trimestre ingresas el 20 % de tu rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero hasta el último día del trimestre, restando lo que ya ingresaste en los trimestres anteriores. No es un impuesto adicional: es un anticipo de tu IRPF que se descuenta íntegro en la declaración anual.

Los cuatro plazos: 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 30 de enero. Fíjate en el último: el cuarto trimestre se presenta en enero y no vence el día 20, sino el 30. Es la fecha que más se escapa.

Cada tanto aparece alguien explicando que una creadora puede acogerse a la exención del artículo 109.2 del Reglamento del IRPF y no presentarlo. No puede, y no por un motivo sino por dos, cada uno suficiente por sí solo:

  • Esa exención sólo alcanza a los profesionales con al menos un 70 % de ingresos sometidos a retención el año anterior. El epígrafe 961.1 es de la sección primera, es decir empresarial: la exención ni siquiera te aplica por categoría.
  • OnlyFans no es residente en España ni tiene establecimiento permanente aquí, así que no te retiene nada. Aunque fueras profesional, tu porcentaje de ingresos con retención sería del cero por ciento.

Sí cambia el panorama si además facturas a un pagador español —por ejemplo, una agencia residente en España—: ese pagador te practicaría una retención del 15 %, o del 7 % el año de inicio de actividad y los dos siguientes. Ojo con leerlo como un ahorro: cambia tu perfil de tesorería, no el impuesto que acabas pagando.

5. La cuota de autónomos: son 205,88 €, no 200,00 €

La cuota del RETA no es un porcentaje de lo que facturas: es un escalón. La Seguridad Social te sitúa en un tramo según tu rendimiento y cotizas sobre la base mínima de ese tramo, aplicándole el tipo total. Consecuencia contraintuitiva que conviene tener presente: ganar un poco más puede empujarte de tramo y encarecer la cuota de golpe.

El tipo total de 2026 es el 31,50 %, y ahí está el detalle que casi nadie recoge bien: la Orden PJC/297/2026 reparte los cinco componentes entre dos artículos distintos, y la mayoría de tablas sólo copia los tres del artículo 18.2.

Componentes del tipo total de cotización en el RETA en 2026
ComponenteTipoDónde estáPor qué se pierde
Contingencias comunes28,30 %Orden PJC/297/2026, art. 18.2.aRecogido en el artículo 18.2, que es el que todo el mundo consulta.
Contingencias profesionales1,30 %Orden PJC/297/2026, art. 18.2.bRecogido en el artículo 18.2, que es el que todo el mundo consulta.
MEI0,90 %Orden PJC/297/2026, art. 18.2.cEl componente que casi todas las tablas publicadas dejan fuera.
Cese de actividad0,90 %Orden PJC/297/2026, art. 37.5.aEstá en el artículo 37, no en el 18: por eso se pierde de vista.
Formación profesional0,10 %Orden PJC/297/2026, art. 37.6Está en el artículo 37, no en el 18: por eso se pierde de vista.
Total31,50 %Orden PJC/297/2026, arts. 18.2, 37.5 y 37.6Las tablas que circulan aplican 30,60 %.

Haz la cuenta con la base mínima del primer tramo, 653,59 €: 30,60 % da 200,00 € —la cifra que has visto por todas partes— y 31,50 % da 205,88 €. La diferencia es el 0,90 % del Mecanismo de Equidad Intergeneracional. Son unos seis euros al mes, así que el importe no es lo relevante: lo relevante es que una tabla que se equivoca aquí probablemente arrastre el mismo error en todos sus tramos.

En el otro extremo, si eliges voluntariamente la base máxima de 20265.101,20 € al mes, que subió este año— la cuota se va a 1.606,88 €. Otro apunte que también se publica mal: la cotización adicional de solidaridad no se aplica a los autónomos, es exclusiva del Régimen General.

Y un matiz técnico que hace que muchas calculadoras te sitúen en un tramo más bajo del que te toca: el rendimiento que decide tu tramo no es tu rendimiento neto del IRPF. Hay que sumarle de vuelta las cuotas de RETA que te dedujiste y aplicar después un 7 % de gastos genéricos. La tabla completa de tramos, con la cuota de cada uno, está en la guía de autónoma y Hacienda.

La tarifa plana: lee esto antes de contar con ella

80 €/mes es el importe vigente desde 2023 que el sector da por prorrogado en 2026. Conviene saber que la DT 5ª del RDL 13/2022 lo fijó expresamente sólo hasta 2025 y remite su cuantía a partir de 2026 a una Ley de Presupuestos Generales del Estado que todavía no se ha aprobado. Confirma el importe exacto en la Seguridad Social antes de darte de alta.

Lo que sí está verificado son las condiciones, que son las que importan para planificar: la cuota reducida dura 12 meses naturales completos desde el alta, con posibilidad de 12 meses más si tu rendimiento neto anual queda por debajo del salario mínimo —1.221 € al mes en 2026, equivalente a 17.094 € anuales en 14 pagas—. Requiere alta inicial o no haber estado en el RETA en los 2 años anteriores, que suben a 3 si ya disfrutaste la reducción antes. Durante ese periodo estás exceptuada de cotizar por cese de actividad (0,90 %) y por formación profesional (0,10 %).

6. IVA: no repercutes IVA español, y no es inversión del sujeto pasivo

La entidad con la que contratan las creadoras de fuera de Estados Unidos es Fenix International Limited, establecida en el Reino Unido. Desde el Brexit, el Reino Unido es un país tercero. El artículo 69.Uno.1º de la Ley del IVA localiza este servicio donde radica la sede del destinatario empresario: fuera de España. La operación no está sujeta al IVA español y tu factura sale sin cuota. Ni 21 % ni ningún otro tipo.

Ahora la parte terminológica, que es donde se equivoca medio internet. Esto no es «inversión del sujeto pasivo». La inversión del sujeto pasivo es el mecanismo de las operaciones entre empresas dentro de la Unión Europea, en el que el destinatario autoliquida el impuesto de su país. Con un país tercero no hay nada que invertir: la operación queda directamente fuera del ámbito del impuesto. Son dos figuras distintas, y llamarlas igual lleva a rellenar modelos que no tocan.

Hay además una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos, muy citada en artículos sobre creadoras, que llegaba a una conclusión distinta aplicando la regla de utilización efectiva del artículo 70.Dos. Esa conclusión ya no vale: el artículo 70.Dos se reescribió con efectos desde el 1 de enero de 2023 y hoy sólo se aplica cuando el destinatario NO es empresario o profesional. Si una página se apoya en esa consulta para el IVA, está trabajando con la redacción anterior de la ley.

Ni modelo 349 ni alta en el ROI por los ingresos de OnlyFans: el artículo 79.1.3º del Reglamento del IVA exige que el destinatario esté establecido en otro Estado miembro, y el Reino Unido no lo es.

Todo esto se da la vuelta si quien te paga está en la UE. Si tu plataforma o tu agencia está establecida en Irlanda, Países Bajos, Malta, Alemania o cualquier otro Estado miembro, entonces sí es una prestación intracomunitaria: alta en el ROI mediante el modelo 036, NIF-IVA válido en VIES, mención de inversión del sujeto pasivo en la factura y modelo 349. Lo que determina tu régimen no es la plataforma que uses: es dónde está establecido quien te paga. Por eso merece la pena preguntarlo antes de firmar con nadie.

Sobre nuestro caso concreto, para que puedas comprobarlo: Bunny Agency LLC es una sociedad estadounidense, no comunitaria, así que la comisión que te facturamos no es una operación intracomunitaria y no entra en el modelo 349. Cómo se refleja exactamente esa factura recibida en tu IVA es una pregunta para tu gestor, y no vamos a afirmarlo aquí porque no lo hemos verificado en fuente primaria.

Y aun así tienes que facturar. El artículo 2.1 del Reglamento de facturación extiende la obligación a las operaciones «no sujetas y las sujetas pero exentas del Impuesto». Es decir: emites factura periódica a OnlyFans, sin IVA, aunque la plataforma te mande sus propios extractos. Es el trámite que casi todo el mundo se salta y el primero que pide una comprobación. Para las menciones concretas de una operación no sujeta por localización, apóyate en tu gestor: el reglamento tasa el texto para supuestos como la inversión del sujeto pasivo, y aquí lo prudente es dejar constancia de la referencia al artículo 69.Uno.1º.

7. DAC7: la Agencia Tributaria ya tiene tus datos

Esta sección no está aquí para asustarte. Está aquí porque hay una creencia extendida —«nadie se entera de lo que cobro en OnlyFans»— que dejó de ser cierta hace varios ejercicios, y planificar sobre una premisa falsa sale caro.

La cadena normativa es corta y se puede seguir entera:

  • Directiva (UE) 2021/514, que modifica la directiva de cooperación administrativa entre administraciones tributarias europeas.
  • Transposición española: Ley 58/2003 (LGT), disposición adicional 25ª, añadida por la Ley 13/2023.
  • Desarrollo reglamentario: Real Decreto 117/2024, de 30 de enero.
  • Modelos: 040 para el registro del operador y 238 para la declaración informativa anual, con primera aplicación al ejercicio 2023.

Lo que se comunica de cada vendedora, con periodicidad trimestral: identidad y NIF, jurisdicciones de residencia, identificador de la cuenta financiera donde se cobra, «la contraprestación total pagada o abonada y el número de actividades», y «comisiones, fianzas, tarifas, tributos y cantidades análogas retenidas o cobradas». Léelo dos veces: no es sólo cuánto has cobrado, es también cuánto se ha quedado la plataforma.

OnlyFans es una plataforma británica, así que no presenta el modelo 238 en España. Los datos llegan de todas formas por el Acuerdo Multilateral de la OCDE sobre el intercambio automático de información de plataformas digitales, que la propia disposición adicional 25ª invoca de forma expresa. El efecto práctico es idéntico.

Dicho una vez y sin adornos: «nadie se entera» no es una posición sostenible. Y ya está. Lo que sigue es lo útil: llevar los libros-registro al día, presentar los cuatro modelos 130, guardar las facturas de todos tus gastos deducibles —empezando por la comisión de tu agencia— y contar con un gestor que conozca tu caso. Nada de eso es complicado; sólo hay que hacerlo desde el principio, porque reconstruir dos años hacia atrás sí lo es.

8. El 20 % de OnlyFans: ¿declaras 100 u 80?

OnlyFans se queda un 20 % de lo que generan tus suscriptoras. Eso es una condición comercial de la plataforma, no una norma fiscal: se consulta en las condiciones de onlyfans.com, no en el BOE.

La pregunta que viene después tiene dos respuestas defendibles y no hemos encontrado una fuente primaria española que la zanje. En una, declaras el 100 % como ingreso y te deduces el 20 % de la plataforma como gasto de comisión. En la otra, entiendes que prestas el servicio a la plataforma y declaras directamente el 80 % que te llega.

Lo importante para tu bolsillo: el resultado fiscal es idéntico, porque 100 menos 20 son 80. Lo que cambia es el volumen de operaciones que declaras y el papeleo asociado. Nuestra recomendación es la única que podemos sostener: que tu gestor elija un criterio y lo mantenga año tras año. Alternar entre los dos genera saltos inexplicables entre ejercicios, y esos saltos son justo lo que llama la atención de una comprobación.

Calendario fiscal de una creadora

Todo lo anterior, ordenado por el momento del año en que te toca hacerlo. Guárdatelo: la mayoría de los sustos fiscales de este sector no vienen de pagar de más, vienen de enterarse tarde.

Obligaciones fiscales de una creadora de contenido a lo largo del año
CuándoQuéPor qué
Antes de la primera facturaModelo 036 (alta censal) en la AEAT y alta en el RETA en la Seguridad Social.Son dos trámites distintos ante organismos distintos. El alta censal precede al inicio de la actividad; el alta en el RETA nace de ejercerla de forma habitual. Hacer una y olvidar la otra es el fallo más común de las primeras semanas.
1 al 20 de abrilModelo 130 del primer trimestre: 20 % del rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero.Es un pago a cuenta de tu IRPF, no un impuesto aparte. Todo lo que ingreses aquí se resta después en la declaración anual de la Renta.
Primavera y principio de veranoDeclaración anual de la Renta (modelo 100) del ejercicio anterior.Aquí se liquida de verdad el IRPF y se descuentan los cuatro modelos 130 del año pasado. Las fechas exactas de apertura y cierre de la campaña las publica la AEAT cada año: consúltalas, no las des por sabidas.
1 al 20 de julioModelo 130 del segundo trimestre.El cálculo es acumulativo desde el 1 de enero y se le resta lo ya ingresado. Si el primer trimestre fue flojo y el segundo excelente, el segundo pago compensa la diferencia.
1 al 20 de octubreModelo 130 del tercer trimestre.Mismo mecanismo. Es también el momento razonable para revisar tu base de cotización con la Seguridad Social si el año va muy por encima o muy por debajo de lo previsto.
1 al 30 de eneroModelo 130 del cuarto trimestre.Se presenta en enero, ya en el año siguiente, y es la única de las cuatro fechas que no cae el día 20. Es la que más se escapa.
Durante todo el añoLibros-registro de ingresos, de gastos y de bienes de inversión.Un gasto sin registro y sin factura no es deducible por muy real que sea. Llevarlos al día cuesta minutos al mes; reconstruirlos a posteriori cuesta un fin de semana.
Al año siguiente, sin que tú hagas nadaRegularización de tus cuotas de RETA por la Seguridad Social.La AEAT transmite tus rendimientos reales a la Tesorería, que los compara con lo cotizado y te devuelve o te reclama la diferencia. Las bases que elegiste durante el año eran provisionales desde el primer día.
Nunca: lo presenta la plataformaLa declaración informativa DAC7 sobre lo que has cobrado.No es un trámite tuyo. Es información que la plataforma comunica sobre ti y que llega a la AEAT antes de que tú declares nada.

Falta a propósito el modelo 303 de IVA. Si toda tu facturación va a OnlyFans no repercutes IVA español y no hay cuota que liquidar; en cuanto aparecen clientes españoles o un pagador establecido en la UE, el escenario cambia y con él los modelos. Cuál de los dos casos es el tuyo lo decide dónde está establecido quien te paga, y es la primera cosa que debe mirar tu gestor.

Lo que no hemos podido confirmar

Esta lista es la razón por la que puedes fiarte del resto de la página. Tres cosas no las hemos podido apoyar en una fuente primaria, así que aparecen aquí en lugar de disfrazarse de dato:

  • El importe exacto de la tarifa plana en 2026

    Todo el sector publica 80 € al mes como un hecho. Su base legal expresa —la disposición transitoria 5ª del Real Decreto-ley 13/2022— fijó ese importe sólo hasta 2025 y remite su cuantía a partir de 2026 a una Ley de Presupuestos Generales del Estado que todavía no se ha aprobado. Es probable que sea lo que te encuentres al darte de alta, pero no lo podemos afirmar. Confírmalo en la Seguridad Social.

  • Si se declara el 100 % con la comisión de la plataforma como gasto, o directamente el 80 %

    Los dos tratamientos son defendibles y no hay fuente primaria española que lo resuelva. El resultado fiscal es idéntico; lo que cambia es la presentación y el papeleo. Que tu gestor elija uno y sea consistente.

  • El texto literal de las consultas de la Dirección General de Tributos

    La base pública de consultas vinculantes no respondió a nuestras peticiones automatizadas, así que no hemos leído ninguna consulta verbatim. Por eso las dos conclusiones que importan —los epígrafes del IAE y la no sujeción al IVA— se apoyan cada una en una fuente independiente: una entrada de AEAT INFORMA y el texto consolidado de la Ley del IVA. Esta página no depende de ninguna consulta.

Si encuentras un dato de esta página que no cuadre con la fuente que citamos, dínoslo: lo corregimos y lo hacemos constar. La misma regla se aplica al resto del sitio, y así lo explicamos en nuestra página de pruebas verificables.

Fuentes

Todas las cifras de esta página se leyeron el 2026-07-29 en los textos consolidados del BOE y en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, no en resúmenes de terceros. Comprueba cualquiera de ellas: los enlaces van al texto oficial.

  1. Orden PJC/297/2026 (cotización 2026) ↗

    Tramos de cotización, bases y tipo total del 31,50 %

  2. LGSS (Ley General de la Seguridad Social), art. 308 ↗

    Cómo se calcula el rendimiento computable y la regularización

  3. Ley 20/2007 (LETA), art. 38 ter ↗

    Requisitos y duración de la tarifa plana

  4. RDL 13/2022, DT 5ª ↗

    Vigencia del importe de la tarifa plana (sólo 2023-2025)

  5. RD 126/2026 (SMI 2026) ↗

    SMI de 1.221 €/mes

  6. LIRPF (Ley 35/2006), arts. 30 y 63 ↗

    Escala estatal del IRPF y reglas de estimación directa

  7. RIRPF (RD 439/2007), arts. 28, 30, 95, 109 y 110 ↗

    Simplificada, gastos de difícil justificación y modelo 130

  8. LIVA (Ley 37/1992), arts. 69 y 70 ↗

    Localización del servicio y no sujeción a IVA

  9. RIVA (RD 1624/1992), art. 79 ↗

    Cuándo procede el modelo 349

  10. RD 1619/2012 (Reglamento de facturación), art. 2 ↗

    Obligación de facturar aunque la operación no esté sujeta

  11. LGT (Ley 58/2003), DA 25ª ↗

    DAC7 y el intercambio de información de plataformas

  12. Orden HAC/72/2024 (modelos 040 y 238) ↗

    Qué comunican las plataformas y con qué periodicidad

Bunny Agency es una agencia de gestión de creadoras, no una gestoría ni un despacho de abogados. Esta página es información, no asesoramiento fiscal: no conoce tu comunidad autónoma, tu situación personal ni el resto de tus ingresos, y ninguno de esos tres factores es menor. Contrasta tu caso con un profesional colegiado antes de tomar cualquier decisión.

Preguntas frecuentes

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Brecht, S. (2026). Fiscalidad de OnlyFans en España: la guía completa 2026. Bunny Agency. https://bunny-agency.es/fiscalidad-onlyfans/

Los números primero, la decisión después

No gestionamos tu contabilidad y no vamos a fingir que sí. Lo que sí hacemos es publicar nuestra comisión —del 25 % al 50 % según el alcance— para que tu gestor pueda calcular si trabajar con una agencia te compensa. A veces el cálculo dice que no, y esa también es una respuesta útil.